TRASLADO EEOOII DURANTE EL CURSO
Plazo hasta el 30 de abril de 20258
Según la ORDEN EDU/233/2021, de 1 de marzo, por la que se desarrollan determinados aspectos del Decreto 3/2021, de 28 de enero, por el que se regulan las condiciones de acceso, admisión y matriculación del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Castilla y León, aquellas personas que deseen trasladar su matrícula de una escuela oficial de idiomas del territorio nacional a otra de la Comunidad de Castilla y León sin haber terminado el curso académico, deberán solicitarlo al Director de la escuela oficial de idiomas de destino como máximo hasta el último día hábil del mes de abril de cada curso (30 de abril de 2025 para el presente curso 2024-2025).
El traslado de matrícula estará condicionado a la existencia de plaza vacante en la escuela de destino para el curso e idioma en que el alumno se encuentre matriculado en la escuela de origen.
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